Web Toolbar by Wibiya Caso García Belsunce: julio 2011

domingo, 31 de julio de 2011

Careo entre Nora Taylor e Inés Ongay

En una audiencia que estuvo suspendida por la caída de una luminaria, una amiga de María Marta García Belsunce sostuvo ayer que la víctima tenía miedo de un vecino del country Carmel, de Pilar, donde fue asesinada el 27 de octubre de 2002.

Así lo afirmó ante el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de San Isidro Nora Burgues de Taylor, amiga de la víctima y de su esposo, Carlos Carrascosa.

Además, Burgues de Taylor negó que se hubiera pagado para no hacer la autopsia a García Belsunce.

"Es un delirio", dijo la testigo, a quien llaman "Pichi" Taylor, sobre la acusación de que, a pedido del viudo, se había pagado para evitar que se hiciera la necropsia.

Después de su testimonio, "Pichi" Taylor fue careada con Inés Ongay, la mejor amiga de María Marta, que el miércoles pasado había afirmado, ante los magistrados a cargo del juicio por el presunto encubrimiento del homicidio, que Taylor le contó: "Como esto se podía abrir como un suicidio o un asesinato, se pagó para que se hiciera lo que el «Gordo» [Carrascosa] quería y se arregló para que no hubiera autopsia".

Ambas mujeres habían sido careadas en dos oportunidades. La última fue en 2007, cuando en el banquillo de los acusados estuvo Carrascosa. Las dos se mantuvieron en sus dichos.

"Esta es la tercera vez que nos careamos. No quiero confrontar porque es un momento terrible y las dos éramos muy amigas de María Marta. No estoy acá para atacarte ni para defenderme, sino para ratificar esa conversación que tuvimos en tu casa", dijo, en primer lugar, Ongay.

La mujer, que dijo conocer a la víctima desde los 11 años, se refería a una charla que tuvo con "Pichi" Taylor en el country Carmel de Pilar después de la inhumación de los restos de García Belsunce, ocurrida el 28 de octubre de 2002, en el cementerio de la Recoleta.

"Me dijiste que como esto se podía abrir como un suicidio o un asesinato «arreglamos para hacer lo que el ?Gordo' [Carrascosa] quería». Yo me quedé muda. No hice nada por ser una ignorante y no saber que uno podía tener acceso a una fiscalía", sostuvo, y agregó: "Yo, en tu lugar, hubiera hecho lo mismo. Pero la conversación de acá al día en que yo me muera fue así y la ratifico".

Después, tomó la palabra Taylor. "Te dije que se hizo lo que el «Gordo» había querido, pero jamás hablé de autopsia, sino de que se la enterrara en el último turno para que llegues vos [Ongay vive en Bariloche]", dijo.

"Yo jamás pagué nada. Yo no pude haberte dicho algo que no se hizo nunca. Yo me mantengo en mis dichos", respondió.

Y le preguntó a Ongay cómo era posible que después de haberle dicho eso, ella estuvo tres días más viéndose con toda la familia. "Me llamaste a los tres días para despedirte. ¿Cómo estuviste con nosotros, que somos una manga de encubridores?", expresó ante los jueces María Elena Márquez, Alberto Ortolani y Ariel Introzzi Truglia.

"Vos llegaste al fiscal [Diego Molina Pico] porque yo le di tu teléfono para que te llame a declarar. Si yo te conté semejante horror, ¿voy a ser tan idiota?", dijo Taylor, subiendo el tono hasta un punto en que el juez Ortolani le llamó la atención y el careo terminó, según informó la agencia Télam.


ZAPATILLAS MOJADAS

Antes del careo, Burgues de Taylor había declarado cerca de dos horas. Reveló que ella también había tenido dudas cuando Juan Carlos Hurtig -medio hermano de la víctima e imputado en este juicio-, le comentó que había notado que María Marta tenía las zapatillas mojadas.

"Me di manija y pensé que por ahí no fue María Marta la que se accidentó. Por ahí quiso salir por la terraza y tuvo que pasar por la bañadera; por eso tenía las zapatillas mojadas y el pantalón seco", reflexionó.

Cuando la presidenta del tribunal, la jueza Márquez, le preguntó concretamente en qué había pensado, Burgues de Taylor respondió: "En un asesinato", y allí fue cuando contó que María Marta le temía al vecino Nicolás Pachelo, porque le había secuestrado un perro por el que le pidió un rescate.

Sobre las toallas manchadas con agua ensangrentada que se usaron en la limpieza del baño y que ella juntó y puso en el lavadero, Taylor dijo, luego de un arduo interrogatorio de la fiscal Laura Zyseskind, que no recordaba bien si en ese momento notó que tenían sangre y que lo único que sabe es que las tomó "porque estaban en el piso y María Marta era muy ordenada".


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viernes, 29 de julio de 2011

Habla Inés Ongay

Primero, explicó que podría hablar de María Marta García Belsunce durante horas. Se definió como muy amiga de la víctima. Recordó que la relación comenzó cuando tenían 11 años. Y, cuando estaba por terminar su testimonio, sin nombrar a nadie en particular pero dando a entender que sus sospechas apuntaban a la familia, afirmó: "Hubiera preferido que la mate un desconocido".

Las palabras fueron dichas por Inés Ongay, la mejor amiga de García Belsunce, que declaró ayer como testigo en el juicio por el encubrimiento del homicidio ocurrido el 27 de octubre de 2002 en el country Carmel, de Pilar.

En el banquillo de los acusados están el hermano de la víctima, Horacio García Belsunce (h.); el medio hermano de María Marta, Juan Carlos Hurtig; el cuñado, Guillermo Bártoli; el primer médico que revisó el cuerpo, Juan Ramón Gauvry Gordon; el vecino de Carmel Sergio Binello, y la masajista Beatriz Michelini.

Frente al Tribunal en lo Criminal Oral N° 1 de San Isidro, Ongay sostuvo que Nora Burgues de Taylor, a quien todos llaman "Pichi", le dijo que [allegados] habían pagado para no hacer la autopsia e inhumar los restos en el último turno.

Ongay hace 30 años que vive en Bariloche. Ayer estuvo frente a los jueces María Elena Márquez, Alberto Ortolani y Ariel Introzzi Truglia durante casi una hora. Al recordar a su amiga, lloró en más de una oportunidad.

Por un problema en la pierna derecha, se ayuda para caminar con un bastón. Eran las 10.39 cuando comenzó con su relato.

La testigo contó que María Marta fue novia de sus dos hermanos y que conoció a Carrascosa en su casa. "Era parte de mi vida", explicó.

Recordó que se enteró de la muerte de García Belsunce por una llamada de su hermana y que entonces se comunicó con Carrascosa, que le dijo que María Marta "se había pegado un golpe en el baño y se había muerto en un accidente".w

Esa teoría no le cerraba. Esa noche se quedó pensando y recordó lo que había sucedido durante su último encuentro con su amiga, en abril de 2002, cuando cumplió 50 años: durante un almuerzo, Ongay, al notar que Carrascosa se comunicaba muy seguido por teléfono con María Marta, le dijo que le parecía que "el Gordo [por el viudo] estaba cada vez más paranoico, más grande" y que ella le preguntó a García Belsunce: "¿A vos te persigue la mafia?".

"Eso lo relacioné. Dije que María Marta no se pudo haber matado en un accidente. María Marta no era torpe", explicó Ongay.

La testigo dijo que, después de la inhumación de los restos de María Marta, fue a Carmel, a la casa de "Pichi" Taylor, amiga de los García Belsunce y de Carrascosa. Según la testigo, le preguntó a "Pichi" qué había pasado con María Marta, porque no creía que hubiera muerto en un accidente.

"Ella [por Taylor] me contestó que, como esto se podía abrir como un suicidio o un asesinato, habían pagado para que se hiciera lo que el «Gordo» [por Carrascosa] quería y que habían arreglado para que no se hiciera la autopsia", afirmó Ongay.

Sobre este punto, los abogados Eugenio Blanco y Adrián Murcho, defensores de García Belsunce (h.) y de Bártoli, solicitaron que la testigo quede a disposición para un eventual careo con Taylor.


MORETONES Y MAQUILLAJE

Después de Ongay, declaró como testigo otra amiga de María Marta y presidenta de Missing Children, Susan Murray, que también apuntó a la familia.

Murray comenzó a citar sus sospechas sobre la familia al describir cómo vio el cuerpo de María Marta en el velatorio.

"Le vi moretones en el brazo derecho y arriba de la ceja izquierda. No parecía una persona muerta. Daba la impresión de que estaba durmiendo. Después, me imaginé que podía ser un maquillaje, una base, un polvo que pudieron haberle puesto en la cara", dijo la testigo.

Murray también recordó un almuerzo que tuvo con Carrascosa en una confitería de Barrio Parque, donde le llamó la atención que el viudo le hablara de "unas cartas que María Marta tenía escondidas" y que, por los dichos del ahora condenado por el homicidio de su esposa, "eran entre hermanos y por quilombos de familia".


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miércoles, 27 de julio de 2011

La "justicia" y el retroceso de la civilización


1. Durante diez largos años el ahora ex juez penal de Rufino (Provincia de Santa Fe), Dr. Carlos Fraticelli fue sometido al escarnio público, acusado, primero, y condenado -después- de haber cometido el homicidio, nada más ni nada menos que de su propia hija.
2. El doctor Fraticelli perdió -a partir del año 2.000- absolutamente todo, esto es, su carrera judicial, su bien ganado prestigio, su buen nombre y honor; conoció en encarcelamiento; la difamación, la condena por un hecho inacreditado.
3. Diez años después la Corte Federal de la República Argentina declaró la nulidad del pronunciamiento condenatorio, lo cual, a su vez, puso en crisis la legalidad de su destitución del cargo del juez.
4. ¿Quién le devolverá entonces al doctor Fraticelli su carrera judicial, su bien ganado prestigio, el buen nombre y honor que supo ganarse en la comunidad social de Rufino? ¿Quién reparará el incomensurable daño que padeció durante tantos años? Respuesta: absolutamente nadie.
5. Ahora bien, en el transcurso del mes de octubre de 2.002 estalló el recordado caso de María Marta García Belsunce; primero se supuso una muerte accidental; luego emergieron versiones de un probable homicidio; sobrevino una dudosa actividad jurisdiccional de un fiscal provincial que –tardíamente- ordenó una autopsia del cadáver y una reconstrucción más que tardía en el escenario donde habría tenido lugar el crimen.
6. Inacreditado -por entonces- todo móvil de homicidio el entramado judicial se encaminó hacia una hipótesis de encubrimiento; en ese contexto un Tribunal Oral Provincial -por mayoría- votó por condenar al viudo Carlos Carrascosa por encontrarlo responsable de haber encubierto el crimen de su propia esposa.; el vocal de Cámara -Dr. Luis Rizzi- votó por la absolución de Carrascosa dato que, por sí solo, marca posturas antagónicas entre los magistrados intervinientes respecto del señor Carrascosa.
7. El entramado viajó hacia la Cámara de Casación Bonaerense, donde en probable exceso de su potestad jurisdiccional violó un principio básico en materia procesal penal: la prohibición de la “reformatio in pejus”, que significa que el Tribunal de Apelación mal puede transformar un caso de encubrimiento (delito menor) en un homicidio (delito mayor).
8. Mientras tanto se oyen voces públicas de funcionarios fiscales que admiten que no es sencillo encontrar el “móvil” del homicidio, ¿entonces, como sustentar una acusación por homicidio?
9. Y lo que es más sugestivo aun es que a poco de dar inicio el debate -en San Isidro- por presunto encubrimiento respecto de los familiares próximos de la víctima se “transforma” a una testigo en imputada, sobre la base de un caudal probatorio que ya obraba acollarado desde el año 2007 al expediente judicial.
10. La petición de detener a Irene Hurtig concretada a escasos días de dar inicio el próximo juicio oral y público, marca un probable propósito de dar un fuerte golpe publicitario a dicho juicio oral y de excluir a la nombrada Hurtig de la nómina de testigos en ese entramado.
11. Es de esperar que la corporación judicial bonaerense no termine por blindar la inacción del fiscal provincial que tuvo el primer contacto con el caso y así evitar otro bochorno al sistema judicial; es lógico ¿resistirá la corporación judicial bonaerense otro escándalo si la Corte Federal llegara a anular todo lo actuado en este caso, y absolviera diez años después a los acusados? ¿Qué representa un menor costo publicitario para la cúspide del Poder Judicial? ¿Acaso convalidar una actividad viciada desde el origen? ¿O no es más práctico convalidar la legalidad de lo actuado y cargar sobre los familiares de la occisa?
12 Al respecto el doctor Fernando Díaz Cantón (h.) ha dado -dentro del expediente judicial- y en presentaciones efectuadas ante el órgano supranacional al cual hubo adherido la República Argentina, impecables argumentaciones que -en puro rigor de verdad- conllevarían, dentro del discurso jurídico, a invalidar todo este entramado judicial, merced a la probable impericia del fiscal provincial que tuvo primer contacto con la pesquisa.
13. En este sentido, ha de señalarse que la decisión “que resulta de la descomposición de los elementos probatorios, disgregándolos para analizarlos aislada y separadamente, es un método que no resulta aceptable toda vez que el proceso debe tomarse en su desarrollo total y ponderado en su múltiple unidad: las pruebas arrimadas unas con las otras y todas entre sí”. (SCJBA, 9/6/98, “Buron, Guillermo L. c Pucara SA”).
14. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho al respecto que “las sentencias en causas criminales deben fundarse en pruebas concluyentes que den certeza absoluta de la existencia del delito y de la identidad del delincuente”, Fallos: 9.290.
15. La doctrina ha dicho, “que el objeto de toda investigación no debe ser una tesis que se requiera demostrar, sino la verdad que se quiere descubrir. Es observación antigua que el hombre esta más dispuesto a deformar los hechos para adaptarlos a las teorías, que a modificar las teorías para adaptarlas a los hechos. Escribía con claridad Galileo que hay personas que no deducen la conclusión de las premisas, ni la establecen por las razones, sino que acomodan o mejor decir, desacomodan y resuelven las premisas y las razones a sus ya establecidas y afirmadas conclusiones” (Brichetti, Giovanni, “La evidencia en el derecho procesal penal”, Editorial EJEA, Buenos Aires, 1973).
16 “La prueba es lo que confirma o desvirtúa una hipótesis o afirmación precedente. Llevada al campo procesal penal, la prueba es todo lo que pueda servir para el descubrimiento de la verdad real acerca de los hechos que se investigan.” Albarracín, Roberto, “Manual de Criminalística”, Editorial Policial, Buenos Aires, 1991.
17 “La prueba se traduce en la necesidad ineludible de demostración, de verificación o investigación de la verdad de aquello que se ha afirmado en el proceso”. (Díaz de León, Marco Antonio, “Tratado sobre las pruebas penales”, Editorial Porrúa, México, 1991).
18. Con mayor énfasis si se recuerda a Abalos cuando, si bien refiriéndose al auto de procesamiento explica que “Si la duda hace que una primera posición de cargo incrimine al imputado, y una segunda de descargo lo desincrimina, la primera como la segunda no guardan verdad alguna o todas su partes, de ello no cabe duda porque son disímiles y contradictorias. Por ello pensamos que no pueden aportar prueba que permita verificar cual afirmación es verdadera y cual es falsa… el conocimiento no ha alcanzado ni la probabilidad de verdad ni la verdad. No alcanzarla es como no tenerla porque… no existe verdad a medias… Ante esta situación de incertidumbre no se podría afirmar que el juzgador ha alcanzado la probabilidad que requiere el auto de procesamiento, sin desdecirse al mismo tiempo y afirmar que existen iguales o mejores motivos, simultáneos para creer en una u otra versión”. Abalos, Raúl Washington, Código Procesal Penal de la Nación, Ediciones Cuyo, Santiago de Chile, 1994.
19 No es suficiente -entonces- con que se detecte un presunto ilícito y que de la descripción del mismo surja un eventual responsa­ble. Es imprescindible -entonces- que se establezca claramente el hilo conductor entre ese hecho penal­mente típico y la forma en que el imputado está vinculado con aquél.
20. Conteste con dicho razonamiento, “La imputación de la producción de un resulta­do, fundada en la causación del mismo, es lo que se llama responsabilidad objetiva. La “responsabilidad objetiva” es la forma de lesionar el principio de que no hay delito sin culpa, es decir, que se trataría de una tercera forma de tipicidad, que consistiría en que una conducta resultaría prohibida sólo porque ha causado un resultado, sin exigirse que esa causación haya tenido lugar dolosa o culposamente... Estas formas de responsabilidad están casi erradicadas en el derecho penal contemporáneo, sobre­vi­viendo en el derecho anglosajón, donde se la llama strict liability y es criticada por casi toda la doctrina de esos países. En nuestra legislación penal creemos que no hay ningún caso de responsabili­dad objetiva...” (Zaffaroni, Eugenio R., obra cit., p. 441/442).
21. Si bien es cierto que los jueces al dictar sus pronunciamientos no están constreñidos a seguir a las partes en todas sus alegaciones, no lo es menos que sí se encuentran obligados a pronunciarse sobre aquellos puntos que sean pertinentes para la adecuada solución del caso (cfr. c. Kichic, Ramón E. y otros s/rec. Casación, CNCP, Sala II, 5/07/01).
22. Es condición de validez de un acto jurisdiccional que el mismo sea conclusión razonada y motivada del derecho vigente, con particular referencia a las circunstancias comprobadas en el caso (CSJN, Fallos: 236: 27 y otros). A su vez, esto último no excusa la indiferencia de los jueces respecto de su objetiva verdad, por cuanto la renuncia consciente a la verdad es incompatible con el servicio de la justicia (CSJN “Colalillo C/ España y Río de la Plata Cía. de Seguros”, 18/9/57). La misión judicial no se agota con la remisión a la letra de la ley, toda vez que los jueces, en cuanto servidores, no pueden prescindir de la “ratio legis” y del espíritu de la norma.
23. “Los Derechos no valen, sino lo que valen son sus garantías” (H.L. HART, The concept of the law, Clarendon Press, Oxford, 1975, p. 176).
24. “La verdad sólo puede existir bajo la figura de un sistema (“Obras Completas” de José Ortega y Gasset, T. II, pág. 27. Ed. Taurus, Madrid, 2005).” “Por ello, y en línea con ese axioma, cuando se busca la verdad apoyada en un estricto rigor científico, el tratamiento fragmentado y asistémico de un tópico -o problema- conducirá-inexorablemente- a la aporía”. “La primera de las fuerzas que mueven al mundo es la mentira” (Jean François Revel, “El conocimiento inútil”, diario Le Monde).
25. “La historia, maestra de la vida, como decía Cicerón, ha de contarse sin pasión ni abuso, pues si imprescindible es la memoria para entendernos a nosotros mismos, nada hay más peligroso que reconstruir el pasado en función de intereses circunstanciales”. (Julio M. Sanguinetti, “Historia de dos Ciudades”, La Nación, 11/08/06).
* Ex juez en lo Penal Económico.
Guillermo Tiscornia

jueves, 21 de julio de 2011

No hay certeza de que la voz sea de Bártoli

Uno de los expertos que hizo el peritaje de audio clave sobre la grabación de la llamada del pedido de ambulancia para María Marta García Belsunce afirmó que "no hay certeza" de que la voz masculina que se escucha de fondo sea la de Guillermo Bártoli.

Se trata del ingeniero en informática de la Gendarmería Nacional Hugo Arancibia Vázquez, que fue el único testigo en declarar ayer ante el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 1 de San Isidro en el juicio por el encubrimiento del homicidio de García Belsunce.

Con esa afirmación, Arancibia Vázquez hizo tambalear una de las pruebas clave que surgió contra Carlos Carrascosa y la familia en 2007, cuando se realizaba el primer juicio en el que el viudo terminó condenado, primero por el encubrimiento, y, después, por un fallo de la Cámara de Casación Penal bonaerense, que valoró este mismo peritaje, por homicidio calificado.

"Yo no sé si ésa es mi voz. La única certeza que tengo es que si esa voz es mía, la voz femenina que se escucha es la de Beatriz Michelini [la masajista acusada]", dijo ayer Bártoli a la agencia de noticias Télam al finalizar la audiencia.

El peritaje de audio se realizó con las grabaciones de las dos llamadas que desde la casa de Carrascosa en el country Carmel se hicieron el 27 de octubre de 2002 a la empresa OSDE.

Con la exhibición de un video en el que se observa con distintos gráficos la descomposición de las cuatro voces que aparecen en la cinta (Carrascosa, el operador y el hombre y la mujer de fondo), se pudieron oír y ver subtituladas hoy en el juicio las famosas frases que despiertan la sospecha de que mientras Carrascosa pide la ambulancia, alguien está manipulando el cuerpo de María Marta.


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