Web Toolbar by Wibiya Caso García Belsunce: diciembre 2014

miércoles, 17 de diciembre de 2014

Carta de lectores del diario La Nación sobre el caso Carrascosa

CASO CARRASCOSA

Respecto del caso Carrascosa, la Corte Suprema resolvió el 27 de noviembre que corresponde una revisión amplia de la condena a prisión perpetua, dejó sin efecto la sentencia condenatoria y, además, exigió un nuevo pronunciamiento porque exhibía "graves vicios de fundamentación que la descalificaba como acto jurisdiccional válido". Dada la naturaleza y resonancia del caso, que conmueve a la opinión pública, parece oportuno recordar los principios fundamentales del derecho procesal y reflexionar sobre una circunstancia fáctica del suceso criminoso, conocida aun por quienes no han leído el expediente. Es menester destacar que, para dictar una sentencia condenatoria en lo penal, la prueba de cargo debe ser plena, total, absoluta. No pueden condenar si tienen alguna duda en punto al valor de la prueba. No pueden hacerlo si sospechan que el hecho pudo haberse producido de otra manera o por la acción de otro u otros sujetos. No se puede condenar sobre la base de meras conjeturas o convicciones de fuero íntimo. Tal como publicó este diario días atrás, los tribunales internacionales han sido categóricos en punto a que no se puede condenar si los cargos formulados no se prueban mas allá de toda duda razonable.

No conozco al condenado ni opino sobre su culpabilidad o inocencia. Sin embargo, la comunidad se encuentra expectante, necesita seguridad jurídica y, por tanto, espera que la revisión ordenada por Corte se ajuste a las reglas del debido proceso legal.

Mariano Cúneo Libarona

Ex fiscal de la Cámara de Crimen de la Capital Federal

DNI 1.889.930

miércoles, 3 de diciembre de 2014

Entrevista radial a Fernando Díaz Cantón

En 221 Radio, el abogado del Carlos Carrascosa, Fernando Díaz Cantón se refirió a la posibilidad de que el viudo de María Marta García Belsunce recupere la libertad y afirmó tajantemente que “ni Carrascosa ni las familiares son culpables” por lo que su defendido “tiene que ser compensado y recuperar la libertad”.
Además, Díaz Cantón recordó que en este caso “la propia Corte Suprema de Justicia Nacional marcó que tenía que estar libre hace 5 años”, remarcó que “hay defectos en el fallo condenatorio” y reconoció que desde el estudio jurídico que patrocina a Carrascosa “se tiene que conseguir su libertad” y que el viudo inclusive “piensa en un resarcimiento económico” por los meses que estuvo preso, a su juicio, injustamente.
En diálogo con Rafael Saralegui y Rodolfo Palacios en Grueso Calibre, Díaz Cantón realizó algunas consideraciones sobre la situación actual de su defendido. “Mientras la condena no sea firme, la prisión es preventiva”, comentó el abogado. “Si no hay motivo, esa prisión debe cesar”, continuó y cerró con una fuerte crítica hacia el poder judicial: “La demora de estos 12 años se debe a las autoridades, a un sistema que no funciona; y como no fue liberado en su tiempo, fue tiempo perdido, no se puede retroceder”.
Por último, Díaz Cantón dio a conocer la teoría de la defensa respecto de lo que ocurrió el 27 de octubre de 2002 en que asesinaron a María Marta García Belsunce. “María Marta, antes del asesinato, reconoció a un ladrón; no llegaron a robar nada y la mataron en la bañadera”, sentenció el abogado de Carrascosa. Además agregó que en la escena del crimen “había dos rastros de hombres y uno de mujer”. Respecto de uno de los elementos centrales en la investigación y causante de conmoción en la opinión pública, sostuvo: “Lo del ‘pituto’ fue algo muy peculiar, era un proyectil que pegó en chanfle”.

Fuente

lunes, 1 de diciembre de 2014

Fernando Díaz Cantón en "visión 7" luego de presentar el recurso de excarcelación de Carrascosa

Fernando Díaz Cantón en el programa "El exprimidor"


Hay pruebas de que Carrascosa no mató a su mujer

Opinión. Diario La Nación
Gustavo Bossert y Fernando Díaz Cantón

El fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación del viernes nos mueve a compartir algunas reflexiones. Es sabido que jamás se ha encontrado un móvil o una razón para que Carlos Carrascosa matara a su esposa. Por el contrario, se ha probado que sostuvieron un matrimonio armonioso durante más de 30 años. No hay prueba de que haya existido disputa alguna ni del día del hecho ni en ningún otro momento. Ningún peritaje indica que Carrascosa padezca o haya padecido perturbaciones psíquicas. Sin que exista prueba alguna, la sentencia supone que el marido atacó violentamente con un arma a su esposa y le disparó seis veces, y que luego los familiares de la víctima, en lugar de denunciarlo, procedieron a encubrirlo, también sin una razón aparente.
Convencido de que había sido un accidente, lo primero que hizo el marido fue hacer entrar a la masajista de su mujer y pedirle que lo ayudara, y llamar a una empresa de medicina prepaga pidiendo una ambulancia: la hermana de su esposa llamó a otra empresa por otra ambulancia y recorrió todo el vecindario en busca de médicos; vino una cantidad importante de médicos que intentaron reanimarla y obviamente la revisaron; se hizo un velatorio en el dormitorio, con la mujer fallecida tendida sobre la cama, al que concurrieron unas 200 personas y se extendió por 14 horas. Si bien un médico vecino del country sostuvo ante la Justicia que una persona amiga de la familia no le dejó revisar el cuerpo, se ha probado que en realidad lo que esa persona le dijo es que ya no había nada que hacer, dado que según todos los médicos que habían actuado María Marta García Belsunce ya estaba muerta.
Al velatorio concurrieron, a instancias de la familia, además de los médicos, el fiscal de turno en Pilar, el jefe de la policía de todo el distrito, y el entonces subjefe de todos los fiscales federales en lo penal del país, o sea, las disciplinas para detectar un homicidio. Ninguno de ellos, al igual que la familia, sospechó que había ocurrido un asesinato. Tanto que ni siquiera ordenaron una autopsia, algo elemental aún en caso de muerte violenta accidental.
Después, el cuerpo fue conservado en formol en un féretro colocado en una bóveda familiar hasta que luego de 40 días se dispuso a realizar una autopsia como consecuencia de que uno de los hermanos de María Marta informó al fiscal del hallazgo, el día de la muerte, del "pituto"y se ofreció a buscarlo en la cámara séptica, lo que efectivamente hizo. De otro modo, el fiscal nunca habría hallado ese elemento. Por ello, el fiscal ordenó la autopsia y ésta permitió encontrar dentro del cráneo los cinco proyectiles que, de haberse cremado el cadáver (cosa que podían haber hecho), habrían desaparecido por completo. Los médicos actuantes informaron que se dieron cuenta de que se trataba de un homicidio cometido mediante disparos de armas de fuego recién después de abrir el cráneo.
Además, hay pruebas inequívocas que demuestran que Carrascosa no fue quien mató a su esposa: en la escena del crimen fueron hallados rastros de sangre de tres personas (una mujer y dos hombres) que fueron comparados por pruebas de ADN con sangre de los imputados y de la víctima, y se comprobó que esa sangre no correspondía a ninguno de ellos. Incluso uno de esos rastros aparece mezclado con sangre de la víctima. Esos rastros de sangre, es obvio, corresponden a las personas que sostuvieron una lucha con María Marta. 
Carrascosa y todos los familiares y allegados se sometieron a la prueba de ADN, y el resultado fue negativo. Sólo una persona, ajena a la familia, se ha negado -hace ya siete años- a someterse a los análisis comparativos de ADN ordenados por la Justicia; su realización sigue pendiente.
Alguien sostuvo que las heridas habían sido cerradas con pegamento. Acerca de esto los peritos dijeron que en uno de los orificios hallaron la presencia de ciano (uno de los componentes químicos de un tipo de pegamento), pero no se encontraron rastros del otro componente del pegamento: el acrilato. Además, el ciano está presente en muchísimos productos de uso común como, por ejemplo, el champú o las cremas de enjuague.
Nunca se probó, entonces, la presencia de pegamento.
Hay pruebas contundentes de que no fue Carrascosa quien mató a su mujer, sino personas desconocidas que entraron en la casa a robar, con la complicidad o la complacencia de algún vigilador que liberó la zona, y que, sorprendidas por un regreso anticipado de la dueña -la lluvia la obligó a suspender un partido de tenis y a precipitar su retorno- y ante su resistencia, tras un forcejeo, la asesinaron.
Es de esperar que los hechos ya comprobados terminen imponiéndose sobre la fábula que se ha construído, que se ponga en libertad al inocente que desde hace cinco años está injustamente encarcelado y que, de una vez por todas, se busque a los verdaderos autores del hecho, antes de que sobrevenga la prescripción.

Bossert fue juez de la Corte Suprema de Justicia de La Nación; el doctor Diaz Cantón es el abogado de Carrascosa.

También publicado en La Nación digital