Web Toolbar by Wibiya Caso García Belsunce: Carta de lectores del diario La Nación sobre el caso Carrascosa

miércoles, 17 de diciembre de 2014

Carta de lectores del diario La Nación sobre el caso Carrascosa

CASO CARRASCOSA

Respecto del caso Carrascosa, la Corte Suprema resolvió el 27 de noviembre que corresponde una revisión amplia de la condena a prisión perpetua, dejó sin efecto la sentencia condenatoria y, además, exigió un nuevo pronunciamiento porque exhibía "graves vicios de fundamentación que la descalificaba como acto jurisdiccional válido". Dada la naturaleza y resonancia del caso, que conmueve a la opinión pública, parece oportuno recordar los principios fundamentales del derecho procesal y reflexionar sobre una circunstancia fáctica del suceso criminoso, conocida aun por quienes no han leído el expediente. Es menester destacar que, para dictar una sentencia condenatoria en lo penal, la prueba de cargo debe ser plena, total, absoluta. No pueden condenar si tienen alguna duda en punto al valor de la prueba. No pueden hacerlo si sospechan que el hecho pudo haberse producido de otra manera o por la acción de otro u otros sujetos. No se puede condenar sobre la base de meras conjeturas o convicciones de fuero íntimo. Tal como publicó este diario días atrás, los tribunales internacionales han sido categóricos en punto a que no se puede condenar si los cargos formulados no se prueban mas allá de toda duda razonable.

No conozco al condenado ni opino sobre su culpabilidad o inocencia. Sin embargo, la comunidad se encuentra expectante, necesita seguridad jurídica y, por tanto, espera que la revisión ordenada por Corte se ajuste a las reglas del debido proceso legal.

Mariano Cúneo Libarona

Ex fiscal de la Cámara de Crimen de la Capital Federal

DNI 1.889.930

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