Web Toolbar by Wibiya Caso García Belsunce: mayo 2012

martes, 22 de mayo de 2012

El dolor fortalece y une, pero la injusticia indigna

Desde hace 47 años tengo el Honor de llevar el apellido Carrascosa. Soy sobrina de Carlos y deseo aclarar que CADA DÍA ESTOY MÁS ORGULLOSA DE MI TÍO. Le agradezco a Dios el que me haya permitido nacer en esta familia.
Todos los que conocimos, hemos sido testigos durante más de 30 años del Amor y Respeto que se profesaban Carlitos y María Marta.
Me parece imposible estar pasando por todo ese DOLOR e INDIGNACIÓN ante tremenda INJUSTICIA.
Alguna vez alguien se detuvo a pensar?
  1. Por qué la familia de María Marta defiende a Carlos con uñas y dientes? Piense, si realmente fuera el asesino de su ser más querido, usted lo haría? Expondría ante la opinión pública su Prestigio Profesional, su trabajo, su familia, por defender al asesino de su hija, hermana, o parentesco que le correspondiera? Creo que nadie en su sano juicio lo haría...
  2. Qué moviliza a tanta gente (amigos y familiares) a dar la cara "en defensa" de un asesino? No le parece ilógica su postura? Si ninguno, de todos los que nos hemos expuesto ante los medios, somos personas que trabajemos en ellos o busquemos notoriedad al hacerlo. Qué ganamos? Saben qué es lo que ganamos? Exponernos nosotros y a nuestras familias, la condena social por DEFENDER A UN INOCENTE. Nadie piensa?
  3. Recuerdo haber escuchado en el verano en algún programa: "A esta gente le cortás el aire acondicionado y habla..." A esta altura, luego de tantos días de detención, lo único que han conseguido es COOPERACIÓN, INTEGRIDAD, RESPETO hacia la justicia por parte del presunto homicida... Sería interesante, además, analizar si los inocentes pueden quebrarse...
  4. También se habló de relaciones promiscuas, lesbianismo, homosexualidad y mil barbaridades más... El hecho de ser una familia unida, con fuertes lazos afectivos y desinteresados, los hace sospechosos de tal infamia? No comprendo. Siempre se ha RECALCADO e INSISTIDO sobre el papel FUNDAMENTAL  de la familia, su importancia como base de la Sociedad. Cómo puede ser? Con qué vara estamos midiendo? Lo que es una virtud en extinción para la Humanidad se convierte en el peor de los pecados para otros??? Repito, NO ENTIENDO.
  5. Adhesivo: realmente es adhesivo? En algún programa escuché (cuando comenzaron con el tema de que se había encontrado "algo"... que podía deberse a que quisieron tapar las heridas con el pegamento, pero que también podía ser una reacción química de la tintura o de algún anti piojos... No resulta más lógico averiguar si María Marta se teñía? O si María Marta, al ir constantemente a las villas no usaba algo para evitar la pediculosis??? Me parece que si se actuara de buena fe, antes de ensuciar a alguien tendríamos que confirmar otras hipótesis más lógicas... O dada la Parcialidad con que se toma el tema, no cabe pensar que pudieron ser violadas normas mínimas de seguridad en la manipulación de las muestras???
  6. Si usted vive en un  lugar que considera seguro, como son los Country. Se le pasa por la cabeza la idea de un asesinato? Cuántos casos conoce de asesinatos en estos lugares? Debo ser sincera, para mí es el primero. No le parece lo más normal pensar en un accidente antes que en un asesinato?
  7. Hay quienes testificaron que el velatorio fue una "reunión social". A cuántas reuniones sociales asiste usted donde el viudo está desplomado en un sillón, destruido por el dolor, los hermanos igual, la madre y el padrastro desconsolados al lado del cuerpo sin vida de la hija, y el padre igual? Yo les diría que si esa es la "idea" de una reunión social, realmente deberían ir a lo de un oculista o comenzar con alguna ayuda especializada. Llegué al medio día y me encontré con ese cuadro, no me lo contaron, lo VIVÍ.
Alguien puede comprender nuestro dolor, impotencia y el costo que estamos pagando por DEFENDER A UN INOCENTE y pretender que se averigüe quién o quiénes mataron a María Marta? Es mucho pedir una investigación imparcial y justa??? El delito de Carlos y María Marta ha sido, como matrimonio, amarse, cuidarse, respetarse, estar pendiente el  uno del otro. Como personas, la de ser dos seres humanos maravillosos, sensibles al dolor y necesidades de su prójimo y comprometerse con la sociedad.
Ojalá NADIE tenga que pasar por lo que hoy nos toca vivir a todos nosotros.
Por amor a Dios, TOMEMOS CONCIENCIA de que lo que hoy nos sucede, mañana le puede pasar a cualquiera... nadie está excento... ni siquiera usted.
Tengo fe en la Justicia Divina a pesar de la injusticia administrada por los hombres. En algún momento la verdad verá la luz y prevalecerá ante tanta "injusticia sin sentido y sin razón". A la opinión pública le pido: por favor, pensemos, utilicemos ese Don de razonar y analizar. No permitamos que se siga ensuciando la memoria de una persona INTACHABLE como fue María Marta y la HONORABILIDAD de un MARIDO EJEMPLAR a quien LE QUITARON TODO,  de la peor forma posible.
Todos tenemos DERECHO a la VERDAD y a la JUSTICIA, nunca lo olvidemos, es nuestro derecho.
Gracias por leer esta carta y hacerla circular a conocidos y amigos.

María Teresa Carrascosa
DNI: 11.755.957

sábado, 19 de mayo de 2012

Insistencia del ministerio público en violar el principio del doble conforme


El 10/5/2012 los medios masivos de comunicación informaron de la actividad recursiva cumplida por el Fiscal  ante el tribunal de Casación Penal  de la Provincia de Buenos Aires, Dr.Altuve en el caso donde se halla imputada Lucila Frend, de haber asesinado a su  amiga  Solange.-
Me  ocupo de éste tema, bastante sonado, porque implica, en mi opinión, una reiteración de una actitud del Ministerio Fiscal de la Provincia, violatoria de leyes supremas y provinciales, accionar similar a lo ocurrido en el caso en que se juzga a Carlos Carrascosa,  que defendiera y sigo defendiendo hasta el presente.-
Para describir de la manera más didáctica y entendible la violación reiterada, hay que recordar que la imputada Frend fue juzgada por el Tribunal Oral en lo penal  nro. 2 de San Isidro conforme a los principios de la oralidad, inmediación y concentración en la recepción de la prueba, publicidad y  libertad razonada en la apreciación de la misma, y que fue absuelta.-
Parece ser que el fiscal que intervino en el juicio oral interpuso recurso de Casación, que fue concedido y se radicó en la Sala III del tribunal de Casación.-
Debo advertir que no he visto las actuaciones, que no asistí al juicio y que no he leído el recurso. Pero, por lo que informaron los medios sobre la actuación del Dr.Altuve, que habría dicho que sostenía el recurso de su inferior, pidiendo la condena de la imputada a prisión perpetua, y caso contrario, la anulación del juicio oral, debo suponer que el fiscal del juicio recurrió en términos similares.-
Este pedir pena de prisión perpetua contra una sentencia absolutoria de primera instancia, es violatoria de derechos constitucionales e inferiores, e implica, en mi  opinión, una grave mala praxis fiscal, similar a la ocurrida en el caso Carrascosa, que de alguna manera podría inducir a los jueces  de la Casación a incurrir en iguales violaciones, como también ocurrió en el caso  Carrascosa.-
La violación de las normas  se produce por las siguientes razones.-
El articulo 75 inciso 22 de la Constitución Nacional incorpora desde su última reforma, a la Convención Americana sobre Derechos humanos, Pacto de San José de Costa Rica, que en el art.8.2 garantiza el derecho del  inculpado a recurrir del fallo “ante juez o Tribunal superior”. Es obvio que éste fallo debe ser condenatorio porque el interés es la medida de la acción en el sistema de derecho, y quien ha sido absuelto carece de interés en recurrir.-Destaco además, que el precepto habla de un derecho de “persona inculpada”.-
Por su parte, el artículo 14.5  del  Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos, también incorporado a la Constitución por el mencionado art.75 inciso 22, garantiza igualmente  el derecho “de toda persona declarada culpable de un delito….a que el fallo condenatorio y la pena que se le haya impuesto sean sometidos  a un tribunal superior conforme a lo prescripto por la ley”.-
Aquí nuevamente se insiste en que el recurso es de un condenado en primera instancia.-
Es absolutamente obvio que el recurso es del imputado, condenado por el Tribunal inferior, para que el fallo y la pena sean revisadas por un Tribunal superior. Consecuentemente, se advierte con total claridad que el recurso no es del fiscal.-
Este es el principio del doble conforme, que la Corte Suprema de Justicia fijó en sus alcances: el recurrente tiene derecho a que se examine no solo el derecho sino los hechos, y de la manera más amplia.-
Estos principios constitucionales deben ser cumplidos  por todos los órganos operadores del derecho y de la Justicia, y especialmente deben ser acatados  por las provincias, no obstante cualquier disposición en contrario que pudiesen tener en sus legislaciones locales.(art.31 de la Constitución Nacional).-
Por su parte, el articulo 59 inciso 4 del Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires, impone al Ministerio Publico Fiscal el deber de “vigilar la estricta observancia del orden legal…en el cumplimiento de las reglas de procedimiento…y en materia de leyes que regulen la restricción de la libertad personal”.-
Es decir, que las leyes de rito provinciales son concordes  con los de la Ley Suprema que se han visto antes, toda vez que si alguna norma pudiese interpretarse (malamente) a contramano, ella estaría desautorizada absolutamente por  el artículo primero del Código citado que dice textualmente: “En caso de duda deberá estarse siempre a  lo que sea más favorable al imputado” y “la inobservancia de una regla de garantía establecida en beneficio del imputado, no se podrá hacer valer en su perjuicio”.-
Más claro, echarle agua…..
Sin embargo, se ha visto, que tanto en el caso Carrascosa como en el que ahora me ocupa, el Ministerio Publico, especialmente el Fiscal de Casación, ha ignorado abiertamente las normas supremas y locales que imponen el principio del doble conforme.-
En el primero logró que la Casación produjese un fallo absolutamente inconstitucional, una suerte de desacato sin rubores a toda esa normativa integrante de la ley suprema, condenando a Carrascosa por el hecho en que había sido unánimemente absuelto, y obligando a la defensa que ejerzo a interponer recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Provincia, que lo tiene a consideración desde hace alrededor de dos años.-
Tengo la íntima y ferviente esperanza que la Suprema Corte anule el desaguisado jurídico perpetrado por la Sala I de la Casación en el caso Carrascosa, como así que la Sala III del mismo tribunal resista la incitación del Ministerio Publico fiscal y rechace la petición condenatoria a Frend evitando una nueva violación al principio del doble conforme.-
Esto que escribo hace al deber de todos los ciudadanos de luchar por el derecho, cada día, tal como lo requiriera Rudolf Von Ihering en su obra sobre la lucha por el Derecho.-

Alberto Néstor Cafetzoglus.-

lunes, 14 de mayo de 2012

De qué lado estás?


El mundo está divido en dos: la mayoría y la minoría, y con el caso Belsunce tenemos un buen ejemplo...

El ciudadano común forma parte de la mayoría. Vive relativamente tranquilo sin preocuparse demasiado por cosas que no sean: la inflación, los sueldos y los impuestos... mientras no le toquen el bolsillo se banca lo que sea. Después de un día normal llega a su casa y prende el televisor para ver el gol de Messi o quién se peleó en el programa de Tinelli. Quizás haga zapping y vea algún noticiero para ver a cuánto cerró el dólar. Las noticias de crímenes no le interesan, lo ponen nervioso y prefiere cambiar de canal, excepto que el periodista informe que ya atraparon al sospechoso... mencionan por ahí que el ADN no coincide con el acusado pero no importa porque el fiscal ya dijo que era culpable, y es muy bueno encerrar pronto a los delincuentes, es más, ni siquiera merecerían tener un juicio... "esas lacras no se merecen nada". Se va a dormir tranquilo porque hizo todo lo que tenía que hacer, y al otro día se levanta temprano para repetir una vez más esta rutina... Está contento con la democracia del país, y la división de poderes es indiscutible. Él tiene comida en su plato, un calefactor para el invierno y el aire acondicionado para el verano... Está orgulloso de su vida, de lo útil que es, de lo bien que la pasa. Está convencido de que es buena persona porque nunca robó ni mató a nadie, ni siquiera tiene muchas infracciones de tránsito... realmente debe ser una gran persona; y ser tan "bueno" le da derecho para horrorizarse de los demás, de los que no son tan buenos como él. Y sí... él puede pensar así porque va todos los domingos a misa, o reza a diario; y seguramente tiene a Dios de su lado y sabe que al morir irá al paraíso porque cumplió con los diez mandamientos durante toda su vida. Éste, el cuidadano común, es el típico mediocre, la mayor parte de esa "mayoría". Pero hay otra pequeña parte dentro de esa mayoría, que no son mediocres, son oscuros... son los que se alimentan de los anteriores. Éstos, los oscuros, sólo saben hacer ruido. No saben lo que es el honor, la dignidad ni la amistad... entre ellos sólo hay complicidades y negociados turbios; trueques convenientes y ambición de poder.

El hombre íntegro forma parte de la minoría. Es el que no puede conciliar el sueño si sabe que en algún lugar del mundo se está cometiendo una injusticia... Sólo un hombre íntegro puede hablar a otro mirándolo a los ojos, y él siempre dirá lo mismo porque la verdad no cambia. Sólo la minoría sabe distinguir entre "precio" y "valor" de una cosa. Es la minoría la que piensa y decide qué hacer... a ella nadie le da órdenes, nadie puede manejarla ni engañarla. Ella escucha, analiza y ejecuta sin alardes. Dentro de la minoría están los "hacedores", los que pueden cambiar las cosas. Ellos son pocos pero invencibles, porque no van a pedirle a Dios que mueva las montañas, le piden fuerza para moverlas... y lo logran. Ellos tienen que remar contra la corriente de toda ignorancia y necedad. Quizá su voz no se escuche en el tumulto de las burlas e ironías del resto, pero marcan su huella y dirigen su marcha. Ellos siempre saben lo que tienen que hacer, y lo hacen. No se venden, no se corrompen y brillan por sí mismos. Dentro de la minoría están los acusados, calumniados y burlados... los que todos miran de costado y con desprecio. Pero no necesitan demostrar nada, es evidente la transparencia que tiene su mirada y la rectitud de sus actos. No están contentos con el rechazo del resto pero esto no los desmorona, conocen su fuerza y nunca se rinden. Ellos escogieron el camino más difícil porque tienen con qué... les sobra coraje y no hay obstáculo que pueda detenerlos. No prejuzgan, no condenan... Creáse o no. es la minoría la que hace la diferencia.

Vos, de qué lado estás???


Análisis crítico a la acusación de Molina Pico

Por Mauricio Ortín 

(para que se lea bien, sobretodo los comentarios, pónganlo en pantalla completa con la crucecita de abajo a la derecha)

domingo, 13 de mayo de 2012

Fragmento del veredicto mamarracho

Por Mauricio Ortín


(para que se lea bien, sobretodo los comentarios, pónganlo en pantalla completa con la crucecita de abajo a la derecha)

viernes, 11 de mayo de 2012

Cosas interesantes acerca de Michelini


1) Llama la atención que Michelini negara en la audiencia que Pachelo le había ofrecido los servicios de su abogado (ella lo había declarado en su indagatoria de 2003).

2) También llama la atención (según los registros del VAIC) que Michelini mantuvo 21 comunicaciones con Pachelo luego de la muerte de María Marta. Tengamos en cuenta que el teléfono de Michelini es uno de los no investigados en el VAIC, y todos esos llamados surgen por haber sido efectuados o recibidos desde lo de Pachelo.

3) El día que Michelini presta declaración testimonial por primera vez (12-11-02) recibió llamadas de la casa de Pachelo por la mañana y por la tarde (9:17 hs y 17:05 hs respectivamente).

4) Pachelo llamó desde su celular a la casa de Michelini el día siguiente de la autopsia (3-12-02).

5) Según surge de la propia agenda aportada por Michelini e incorporada en su declaración indagatoria, hizo masajes a Inés Pachelo (la única persona en negarse a la extracción de sangre para realizar los cotejos de ADN) los días 3, 5, 10, 11, 12 de noviembre (cuando declaró como testigo) y 13, 14, 19, 21, 22, 28 y 29 de noviembre. Luego los días 2, 6, 13, 16 de enero (al día siguiente Michelini presta declaración indagatoria), 20 y 21.

6) Se trata de la misma persona que le manifestó a Susana Murray que se había dirigido al club house donde se encontró con Carrascosa, lo que motivó las declaraciones testimoniales del personal de ese lugar que en definitiva son el único sustento de la condena a Carrascosa, y hoy hacen parte de la acusación.

7) Conforme surge de la causa, a un vecino de Carmel, el Sr. Sansuste le hurtaron unos palos de golf de su domicilio el día 7 de julio de 2002 entre las 18:15 y las 20:40 hs, bienes que Pachelo intentó vender posteriormente. Casualmente Michelini se encontraba en Carmel en ese momento, y justamente en la casa de Sansuste, que era su cliente, de donde se retiró a las 19:20hs.


Sin embargo Michelini no ha sido acusada por la fiscalía...

lunes, 7 de mayo de 2012

Recorrido de Michelini

Ambos caminos se dirigen desde la cabina de entrada al barrio hasta la casa de Carrascosa.
  • El de color rojo tiene una longitud aproximada de 872 metros, recorriéndolo a la velocidad permitida (30 km/h), toma menos de tres minutos.
  • El de color amarillo tiene una longitud aproximada de 868 metros, recorriéndolo a la velocidad permitida (30 km/h), toma prácticamente lo mismo que el otro camino.







sábado, 5 de mayo de 2012

Diferencia entre declaración indagatoria y testimonial

Como hemos podido ver, en este caso en particular, una persona que declaró como testigo y que jamás fue imputado, estuvo todo el tiempo representado por su abogado, situación bastante irregular. Es por eso que consultamos con otro profesional en la rama penal de la abogacía para que nos asesorara acerca de las diferencias existentes entre la declaración indagatoria y la declaración testimonial, ya que es importante que la población sepa de qué estamos hablando cuando nombramos una u otra, como así también es muy útil que se vayan dando cuenta de la cantidad de violaciones al debido proceso que se han cometido en esta causa.

Declaración indagatoria: es la que se le recibe a la persona contra la cual existe una sospecha cierta de que ha cometido un delito. Es decir, se le toma al imputado y no basta la sola imputación sino que se requiere, además, que existan elementos de cargo suficientes como para configurar una sospecha acerca de su participación en el delito que se investiga. Está regulada en el artículo 308 del Código Procesal Penal de la Provincia. Se recibe sin prestar juramento, asistido por abogado defensor con quien puede tener una entrevista previa, se le deben hacer saber las pruebas que existen en su contra y el derecho que tiene de negarse a declarar. Si miente no es delito porque es imputado, no testigo.

Declaración testimonial: se recibe al/ los testigos, es decir, a quienes percibieron, a través de sus sentidos, una o más circunstancias o situaciones que podrían ser de utilidad para establecer cómo sucedieron los hechos que se investigan. Los testigos están obligados a declarar y deben hacerlo bajo juramento de decir verdad. Si mienten cometen un delito falso testimonio. No pueden contar con abogado porque no son parte en la causa sino terceros. El Código Procesal también regula la prueba testimonial y hay algunas indicaciones al respecto en la ley orgánica del ministerior público.

jueves, 3 de mayo de 2012

Recorrido de Bártoli a lo de Carrascosa

Recorrido desde la casa de Bártoli a la de Carrascosa. Entre ambos lugares hay 467 metros de distancia.

  • a 20 km/h (velocidad permitida) se toma 1 minuto con 24 segundos en llegar a destino. Es el tiempo que habitualmente se tardaba en recorrer ese trayecto.
Ese día Bártoli lo recorre a mayor velocidad debido al llamado de Carrascosa diciendo que María Marta había tenido un accidente. No podemos saber a qué velocidad exacta iba pero podríamos estimar que aceleró bastante. Hemos hecho algunos cálculos sobre velcidades estimativas. Noten que al menos un poco más rápido ya no hablamos de minutos sino de segundos. Al total que nos de (según la velocidad que calculemos) deberíamos sumarle como mucho 10 segundos más desde que salta de la cama, sale corriendo y pone el auto en marcha. Hemos puesto el primer cáculo en una velocidad de 40 km/h como mínimo, ya que el propio Bártoli declara que salió "a los pedos"...