El fallo es del Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 de San Isidro, que consideró prescripta la causa para el médico pediatra porque ya pasaron más de seis años -la pena máxima del encubrimiento agravado, delito por el que estaba imputado-, desde que en 2008 fuera citado a juicio oral.
Hurtig (77) debía haber sido juzgado en 2011, en el segundo debate realizado por el caso, ante el TOC 1 de San Isidro, con el resto de los familiares y amigos imputados por encubrimiento, pero primero una afección cardíaca, luego un problema psiquiátrico y más tarde el riesgo de un pico de estrés, impidieron que fuera sometido a juicio durante los últimos años.
En su fallo -al que tuvo acceso Télam-, los jueces Verónica Di Tommaso, Raúl Luchelli Ramos y Marcelo García Helguera tuvieron en cuenta que "Dino" Hurtig no tiene otras causas pendientes y que "desde la fecha del auto de citación a juicio hasta la actualidad ha transcurrido en exceso el plazo máximo -6 años- para que opere el instituto de marras", en alusión a la prescripción.
En la parte dispositiva del fallo, los magistrados resolvieron "declarar extinguida la acción penal por prescripción y en consecuencia dictar sobreseimiento" del médico nacido en Rumania pero nacionalizado argentino.

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